| Visas
Diplomáticas Corresponden: 1. A portadores de pasaportes diplomáticos expedidos por los Estados con los que el Paraguay mantiene relaciones diplomáticas; y 2. A portadores de laissez-passer o documentos de viaje emitidos por las Naciones Unidas u Organismos Internacionales de los cuales sea parte el Paraguay, siempre que desempeñen los cargos de Secretario General, Secretario General Adjunto, Director General, Director General Adjunto, Director de Departamento o categorías equivalentes. |
| Visas
Oficiales Corresponden: 1. A portadores de pasaportes oficiales o de servicio expedidos por los Estados con los que el Paraguay mantiene relaciones diplomáticas: y 2. A portadores de laissez-passer o documentos de viaje emitidos por las Naciones Unidas u Organismos Internacionales de los que sea parte el Paraguay, que no tengan las categorías enumeradas en el artículo anterior. |
| Visas
de Cortesía Se podrán otorgar visas de cortesía en pasaportes ordinarios a solicitud de Misiones Diplomáticas de Estados con los que el Paraguay mantiene relaciones diplomáticas y se encuentren acreditadas en el país en que funciona la Misión Diplomática u Oficina Consular. VALIDEZ: Las visas diplomáticas y oficiales podrán tener validez hasta por un año. |